20 de diciembre de 2011

Renta 2011 - No obligados a declarar en el IRPF

En vista a la campaña de Renta 2011, hay que tener en cuenta quienes son, a fecha de hoy, los sujetos obligados a realizar la declaración de renta y quienes son los sujetos no obligados.

A continuación expondremos los límites según el tipo de rendimiento.

- Rendimientos íntegros del trabajo. Como primer criterio tendríamos el límite de 22.000 euros al año.
No obstante, este límite bajará a 11.200 euros si se da alguna de las siguientes circunstancias:
   1.- Los rendimientos del trabajo provengan de más de un pagador y, por orden de cuantía, la suma de las cantidades percibidas del segundo y siguientes pagadores sean superiores a 1.500 euros al año.
   2.- Se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, excepto las determinadas por decisión judicial a los hijos.
   3.- El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
   4.- Se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de rentención.

- Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta con el límite conjunto de 1.600 euros al año.

- Imputación de rentas inmobiliaria, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado con el límite conjunto de 1.000 euros al año.

- Rendimientos del trabajo, de capital, o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros al año.

- Pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros anuales.


Estarán obligados a declarar en todo caso, los contribuyentes que tengan derecho a deducción por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional o realicen aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejerzan tales derechos.

Estaremos atentos a cualquier novedad que surja de hoy en adelante, referente a la campaña de Renta 2011, para estudiar y actualizar la información publicada en esta entrada.

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