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27 de enero de 2015

El VIES y el IVA intracomunitario

El VIES y el IVA intracomunitario

21 preguntas y respuestas a cerca del IVA y el sistema VIES.


Vamos a resolver algunas dudas relacionadas con el IVA intracomunitario en la UE y el sistema VIES...

Q1 : ¿Qué es el Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA (VIES)?

Es un medio electrónico de transmisión de información relativa al registro del IVA (=validez de los números de IVA) de las empresas registradas en la UE. También se transmite por el sistema VIES la información relativa a los suministros intracomunitarios (exentos de impuestos) entre las administraciones de los Estados miembros.

Q2 : ¿Cómo se obtiene esta información?

La información relativa a los datos relativos al registro del IVA es recogida por las Administraciones nacionales y pasa a formar parte de una base de datos. Esto se aplica también a los suministros intracomunitarios declarados en los «estados recapitulativos».

Q3 : ¿Cuál es la información disponible en la red cuando se utiliza el sistema VIES?

La única información disponible se refiere a la validez del número de identificación del IVA. No se puede obtener por ese medio ninguna otra información (nombre, dirección, etc.).

Q4 : ¿Con qué frecuencia se actualizan los datos?

Los datos se proporcionan en tiempo real. Cada vez que hay una solicitud, se envía un mensaje al Estado miembro que asignó el número de identificación del IVA para averiguar si el número indicado es válido.

Q5 : ¿Se pueden presentar solicitudes agrupadas por medio de VIES en la red?

No. El sistema está concebido para solicitudes individuales.

Q6 : ¿Se proporcionará en el futuro información suplementaria?

No. Solamente la confirmación de la validez o no validez de un número.

Q7 : En caso de que el sistema indique que un número no es válido, ¿qué hay que hacer?

Si un número de IVA se muestra como no válido, comience por comprobar con su cliente la exactitud del número indicado por él (número exacto de caracteres, longitud correcta y prefijo de país). Si aun después de la comprobación el número indicado por su cliente sigue siendo «no válido», deberá pedir a esa empresa que se ponga en contacto con su administración fiscal y solicite que los datos del sistema nacional de intercambio de información sobre el IVA (VIES) se actualicen (solo las administraciones fiscales nacionales pueden actualizar los datos VIES).
En caso de que constate que los datos relativos a su empresa son incorrectos o no están actualizados, deberá dirigirse a su propia administración fiscal y solicitar que se corrijan. Tenga en cuenta que algunas administraciones fiscales de la UE exigirán que las solicitudes se presenten por escrito o que se cumplimente un formulario.
La administración fiscal con la que habrá que ponerse en contacto será siempre aquella que haya atribuido el número de IVA en relación con el cual se observen errores o datos incorrectos. Podrá identificarse esa administración por el prefijo de país que precede al número de IVA de que se trate. Las rectificaciones se efectuarán con arreglo a los procedimientos internos del Estado miembro considerado.
Se adjunta una lista con los enlaces a las páginas principales de las administraciones fiscales nacionales a las que puede usted dirigirse para solicitar la rectificación de los datos»

Q8 : ¿Es necesario disponer de un número válido de identificación del IVA del cliente antes de efectuar un suministro intracomunitario?

Para efectuar un suministro intracomunitario sin aplicar el IVA deberá asegurarse de que la persona a quien suministra los bienes es un sujeto pasivo en otro Estado miembro y de que los bienes en cuestión han salido o saldrán de su Estado miembro de Vd para dirigirse a otro Estado miembro. También es necesario que el número de IVA figure en la factura.

Q9 : ¿Necesito un número de IVA válido para mi estado recapitulativo?

Sí. El número del cliente indicado en el estado recapitulativo que usted presente a su administración fiscal deberá ser correcto.

Q10 : ¿Qué es un estado recapitulativo?

Los sujetos pasivos que efectúan suministros intracomunitarios indican a cada sujeto pasivo establecido en otro Estado miembro el importe total de dichas entregas durante el trimestre en cuestión en un estado recapitulativo que se transmite a la administración fiscal del sujeto pasivo que efectuó el suministro.

Q11 : ¿Es posible conocer los algoritmos utilizados por los Estados miembros en la elaboración de sus números de identificación del IVA?

La Comisión Europea no puede revelar estos algoritmos. Pero en el cuadro que figura a continuación se indica la estructura de los números de identificación del IVA.

VAT identification number structure (ES)
Estado MiembroStructure (ES)Format (ES)*
AT-AustriaATU999999991 block of 9 characters (es)
BE-BélgicaBE09999999991 block of 10 digits
BG-BulgariaBG999999999 or
BG9999999999 (es)
1 block of 9 digits or1 block of 10 digits (es)
CY-ChipreCY99999999L1 block of 9 characters (es)
CZ-ChequiaCZ99999999 or
CZ999999999 or
CZ9999999999
(es)
1 block of either 8, 9 or 10 digits (es)
DE-AlemaniaDE9999999991 block of 9 digits (es)
DK-DinamarcaDK99 99 99 994 blocks of 2 digits (es)
EE-EstoniaEE9999999991 block of 9 digits (es)
EL-GreciaEL9999999991 block of 9 digits (es)
ES-EspañaESX9999999X41 block of 9 characters (es)
FI-FinlandiaFI999999991 block of 8 digits (es)
FR-FranciaFRXX 9999999991 block of 2 characters, 1 block of 9 digits (es)
GB-Reino UnidoGB999 9999 99 or
GB999 9999 99 9995 or
GBGD9996 or
GBHA9997 (es)
1 block of 3 digits, 1 block of 4 digits and 1 block of 2 digits; or the above followed by a block of 3 digits; or 1 block of 5 characters (es)
HR-CroaciaHR999999999991 block of 11 digits
HU-HungríaHU999999991 block of 8 digits (es)
IE-IrlandaIE9S99999L
IE9999999WI
1 block of 8 characters or 1 block of 9 characters
IT-ItaliaIT999999999991 block of 11 digits (es)
LT-LituaniaLT999999999 or
LT999999999999 (es)
1 block of 9 digits, or 1 block of 12 digits (es)
LU-LuxemburgoLU999999991 block of 8 digits (es)
LV-LetoniaLV999999999991 block of 11 digits (es)
MT-MaltaMT999999991 block of 8 digits (es)
NL-Países BajosNL999999999B9981 block of 12 characters (es)
PL-PoloniaPL99999999991 block of 10 digits (es)
PT-PortugalPT9999999991 block of 9 digits (es)
RO-RumaniaRO9999999991 block of minimum 2 digits and maximum 10 digits (es)
SE-SueciaSE9999999999991 block of 12 digits (es)
SI-EsloveniaSI999999991 block of 8 digits (es)
SK-EslovaquiaSK99999999991 block of 10 digits (es)

Remarks:

*: Format excludes 2 letter alpha prefix
9: A digit
X: A letter or a digit
S: A letter; a digit; "+" or "*"
L: A letter (ES) 

Notes:

1: The 1st position following the prefix is always "U".
2: The first digit following the prefix is always zero ('0').
3: The (new) 10-digit format is the result of adding a leading zero to the (old) 9-digit format.
4: The first and last characters may be alpha or numeric; but they may not both be numeric.
5: Identifies branch traders.
6: Identifies Government Departments.
7: Identifies Health Authorities.
8: The 10th position following the prefix is always "B". (ES)

Q12 : ¿Qué debo hacer si mi número del IVA aparece como no válido?

El sitio Internet de la Comisión es un sistema en tiempo real que comprueba la validez de los números del IVA en relación con las bases de datos mantenidas por los Estados miembros.
Si su número del IVA aparece como no válido, deberá Vd consultar este asunto con su propia administración fiscal.

Q13 : ¿Qué debo hacer si el número del IVA de mi cliente aparece como no válido?

El sitio Internet de la Comisión es un sistema en tiempo real que comprueba la validez de los números del IVA en relación con las bases de datos mantenidas por los Estados miembros. Es decir, cuando Vd comprueba un número, está comprobando la base de datos de ese Estado miembro.
Si el número del IVA de su cliente resulta ser no válido, su cliente deberá consultar este asunto con su administración fiscal.

Q14 : ¿Qué debo hacer si el sitio Internet no funciona?

El sitio Internet de la Comisión es un sistema en tiempo real que comprueba la validez de los números del IVA en relación con las bases de datos mantenidas por los Estados miembros. Es decir, cuando Vd comprueba un número, está comprobando la base de datos de ese Estado miembro.
Algunas partes del sistema pueden no estar disponibles en ciertos momentos debido a la necesidad de hacer copias de seguridad de las bases de datos de los Estados miembros.
Se trata de un problema ya conocido, y la Comisión está trabajando con los Estados miembros para reducir al mínimo posible el lapso de tiempo durante el cual sus bases de datos no funcionan con objeto de ser puestas al día.

Q15 : ¿Es posible hacer que el nombre y/o la dirección estén vinculados a un número del IVA?

No está previsto actualmente efectuar tal verificación en el sitio Internet de la Comisión.
Los clientes tienen derecho a obtener la confirmación de su propia administración fiscal si un número de identificación del IVA está asociado con un nombre y/o una dirección.

Q16 : ¿Es posible tener una interfaz abierta al sitio Internet de la Comisión?

Está disponible un servicio SOAP, a través de un fichero WSDL, que ofrece las mismas posibilidades que el servicio interactivo. La Cláusula de exención de responsabilidad, Ayuda y Preguntas más frecuentes son idénticamente aplicables a este servicio. Cualquier consulta técnica relativa a este servicio puede enviarse a TAXUD - Vies on Internet.

Q17 : ¿Es posible obtener el número del IVA de un cliente/proveedor conociendo su nombre y dirección?

La Comisión no tiene acceso a esta información.
El sitio Internet de la Comisión solamente permite confirmar la validez del número del IVA de un cliente.
Es el propio cliente/proveedor quien deberá suministrarle directamente su número del IVA.

Q18 : ¿Qué tengo que hacer si no puedo comprobar la validez del número del IVA de mi cliente?

Si cree Vd que su cliente no es un sujeto pasivo, no debe eximir el suministro; debe exigir el IVA.

Q19 : Los números austríacos del IVA tienen un prefijo "ATU", pero el sitio Internet de la Comisión solamente indica "AT" como prefijo para los números austríacos.

El prefijo correcto para Austria es "AT". El primer signo de los números austríacos del IVA es siempre una "U". En consecuencia, deberá Vd introducir una "U" como primer carácter al verificar un número de identificación del IVA austríaco.

Q20 : ¿Existe una base de datos con todas las personas incluidas en el registro del IVA?

No existe una base de datos europea con las personas incluidas en el registro del IVA.El sitio Internet de la Comisión está conectado respectivamente con las bases de datos del IVA de los Estados miembros y la verificación se basa en la información disponible en la base de datos respectiva.

Q21 : ¿Dónde puedo obtener más información sobre la administración fiscal comunitaria del IVA?


Puede encontrar esta información sobre el IVA en la publicación de la Comunidad Europea en "VAT in the European Community"

Certificado Electrónico de la FNMT

¿Cómo obtener el certificado electrónico de la FNMT para particulares o sociedades jurídicas?


Os mostramos dos vídeos de la Agencia Tributaria en el que apreciaréis los pasos a seguir para solicitar y obtener el certificado electrónico de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre):

  • Con Internet Explorer.






  • Con Mozilla.


13 de noviembre de 2013

Tipos de contrato de trabajo

Modalidades de contrato de trabajo

Dado el elevado número de tipos de contrato existente en la actualidad, hemos creído conveniente realizar un resumen que nos sirva de referencia para poder conocer y utilizar aquel contrato específico que requiera una situación determinada. A menudo, las empresas utilizan los contratos más habituales, indefinidos o de duración determinada, cuando es posible utilizar un tipo de contrato más específico y que se correspondería mejor con la situación real, incluso daría lugar a mayores bonificaciones y/o deducciones.

Según el Servicio Público de Empleo Estatal, en su actualización de octubre 2013, encontramos un resumen con los diferentes tipos de contrato vigentes:


CONTRATOS INDEFINIDOS SIN BONIFICACIÓN 

Contrato de trabajo por tiempo indefinido ordinario

CONTRATOS INDEFINIDOS BONIFICADOS

Contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores

CONTRATOS CON DERECHO A REDUCCIÓN DE CUOTAS

Contrato indefinido de un joven por microempresas y empresarios autónomos

Contrato de nuevos proyectos de emprendimiento joven (incentivos)

Contrato de trabajo a tiempo parcial con vinculación formativa (incentivos)

CONTRATOS INDEFINIDOS O TEMPORALES BONIFICADOS

Contratos bonificados para trabajadores en situación de exclusión social.

Contratos bonificados para trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción.

Contrato temporal de fomento de empleo para personas en situación de exclusión social en empresas de inserción.

Contratos bonificados para trabajadores que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género, doméstica o víctima de terrorismo.

Contrato indefinido para trabajadores procedentes de una ETT con contrato para la formación y el aprendizaje.

Contrato de trabajo para trabajadores mayores de cincuenta y dos años beneficiarios de los subsidios por desempleo.

CONTRATOS FORMATIVOS

Contrato para la formación y el aprendizaje.

Contrato en prácticas.

CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA

Contratos primer empleo.

Contrato de obra o servicio determinado

Contrato eventual por circunstancias de la producción.

Contrato de interinidad.

Contrato de interinidad que se celebre para sustituir al trabajador que esté en situación de excedencia por cuidado de familiares, con reducción de cuotas a la Seguridad Social.

Contrato de trabajo de interinidad para sustituir a trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo.

Contrato de interinidad para sustituir a los trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o suspensión por paternidad.

Contrato de trabajo de interinidad para sustituir bajas por incapacidad temporal de trabajadores con discapacidad.

Contrato de trabajo de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género.

CONTRATOS DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

Contrato de trabajo a tiempo parcial.

CONTRATO DE TRABAJO FIJO DISCONTINUO

Contrato de trabajo fijo discontinuo.

CONTRATO DE TRABAJO DE RELEVO

Contrato de trabajo de relevo.

CONTRATOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Contrato indefinido para personas con discapacidad.

Contrato de trabajo indefinido para personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales.

Contrato temporal de fomento de empleo para personas con discapacidad.

Contrato para la formación y el aprendizaje de personas con discapacidad.

Contrato en prácticas para personas con discapacidad.

Transformación de contratos en prácticas y temporales para el fomento del empleo de personas con discapacidad en indefinidos con bonificación.

CONTRATOS PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

Contrato de trabajo para la realización de un proyecto específico de investigación científica y técnica.

Contrato de trabajo de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Contrato de trabajo para personal investigador en formación.

Contratos formalizados con personal investigador en empresas I+D+i.

Contrato predoctoral. (Personal investigador predoctoral en formación).

OTROS CONTRATOS DE TRABAJO

Contrato de trabajo de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.

Contrato de trabajo bonificado para penados en instituciones penitenciarias.

Contrato de trabajo a distancia.

Contrato de trabajo en grupo.

MEDIDAS DE APOYO AL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO O REINCORPORACIÓN

Exoneración de cuotas de Seguridad Social respecto a los trabajadores por cuenta ajena con sesenta y cinco o más años.

Bonificación de cuotas de Seguridad Social para trabajadores con regulación temporal de empleo.

TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS EN PRÁCTICAS, DE RELEVO Y DE SUSTITUCIÓN POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN Y EVEN-TUAL PRIMER EMPLEO JOVEN,EN INDEFINIDOS CON BONIFICACIÓN

Transformación de contratos en prácticas, de relevo y sustitución por anticipaciób de la edad de jubilación y eventual primer empleo joven, en indefinidos con bonificación.

CONTRATO DE TRABAJO DEL SERVICIO DE HOGAR FAMILIAR

Contrato de trabajo del Servicio de Hogar Familiar

8 de noviembre de 2013

Paro Vs Altas Seguridad Social

Paro Vs Altas Seguridad Social

¿Cómo puede aumentar el paro registrado y a la vez, aumentar el número de afiliados a la Seguridad Social en el mismo mes ? 

Pongamos un ejemplo real: El mes de Octubre ha cerrado con 87.027 desempleados más y a la vez, se ha producido un aumento de 54.927 afiliados a la Seguridad Social en el mismo mes, según datos oficiales.

Esta situación parece ilógica a simple vista pero podemos tratar de esclarecerla un poco. Para ello, en primer lugar aclaremos algunos conceptos aunque sea brevemente:
  • Cuando hablamos de paro registrado, hablamos exclusivamente del que se encuentra inscrito como demandante de empleo y en búsqueda activa de empleo. Aunque busques empleo activamente, si no estás inscrito y no renuevas periódicamente tu cartilla de demandante de empleo, entonces no cuentas como parado registrado. Para su cálculo estadístico recogen los datos en base a la cifra parados registrados correspondiente al último día del mes. 
  • Parados según la EPA (Encuesta de Población Activa) del INE. En este caso no es necesario que se encuentren registrados en las oficinas de empleo, siempre que cumplan con el resto de condiciones: edad laboral, deseo de trabajar... Por eso, según la EPA hay un millón de parados más que los parados registrados citados en el punto anterior. 
  • Las altas de afiliados a la seguridad social se calculan en base al promedio del número de afiliados que ha habido en España en cada uno de los días de ese mes, y por tanto, no refleja el dato del último día a diferencia del paro registrado.
  • La población activa, (personas en edad de trabajar y con deseo de trabajar) está compuesta por aquellos que ya trabajan y por los parados que estando en edad laboral desean encontrar trabajo.

Por tanto, teniendo en cuenta los conceptos explicados brevemente y la forma de recoger esos datos, ya podremos deducir que el cálculo de parados y afiliaciones no se realiza de la misma manera y por tanto, no es un recuento cerrado. Siempre dará lugar a diferencias pero sigamos...

  • Algunas personas no se inscriben en los servicios públicos de empleo o no realizan la renovación periódica. Estas personas dejan de formar parte de los parados registrados y sin embargo siguen buscando trabajo por su cuenta, o no, pero a menudo estas personas encuentran trabajo y pasan a formar parte de las nuevas afiliaciones sin antes aparecer como parados registrados. 
  • El efecto desánimo: Si llevo 2 años inscrito, se acabó la prestación por desempleo, nunca me han llamado y encima, quieren que siga renovando la tarjeta... Fulanito lleva 3 años y todavía no ha encontrado trabajo... Con 5 millones de parados, algunos con estudios y muy cualificados ¿Me van a llamar a mí?...
  • Autónomos desempleados. La mayoría de autónomos que antes trabajaban y dejan de hacerlo por la crisis, no tienen derecho a prestación por desempleo (si no han cotizado por ella) y simplemente se buscan las habichuelas como siempre han hecho sin esperar a que el Estado les encuentre un trabajo. Algunos no llegan a inscribirse nunca en las oficinas de empleo sin embargo, en algún momento, pueden llegar a ser contratados por las empresas.
  • Personas que están temporalmente en formación, no se encuentran inscritas en el registro o bien, están inscritas pero han pedido una interrupción en su búsqueda de empleo. 
  • Migraciones poblacionales que hacen aumentar o disminuir la población activa. 
  • Nuevos jubilados que dejan las listas de afiliaciones o de parados. 
  • Estudiantes que nunca han estado inscritos pero acceden a un puesto de trabajo.
  • Posibles errores estadísticos. Siempre puede haberlos. Que una persona esté inscrita dos veces o el sitema informático no la haya registrado bien y no conste...
  • etc.

En el caso del mes de Octubre, está claro que de la enorme bolsa de personas desempleadas no inscritas, algunas han sido contratadas por empresas o han emprendido negocios por su cuenta, de ahí que en Octubre, habiéndose producido un aumento de parados registrados, también hayan aumentado las afiliaciones a la seguridad social...

Existen varios motivos por los que jamás cuadrará la reducción del desempleo con el aumento de las afiliaciones o viceversa, siempre serán aproximaciones. Mientras los conceptos y la forma de medir no esten diseñados para cuadrar, es imposible que lleguen a cuadrar. Jamás veremos 53.289 altas en la seguridad social y 53.289 parados menos. Esta equidad no se dará con exactitud aunque si debería guardar cierta relación. 


21 de octubre de 2013

Recargo de equivalencia en el IVA

Regímen especial del recargo de equivalencia

Algunas consideraciones del régimen especial de recargo de equivalencia.

El régimen especial del recargo de equivalencia se aplicará a los comerciantes minoristas que sean personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que desarrollen su actividad en los sectores económicos y cumplan los requisitos que se determinen reglamentariamente.
En el supuesto de que el sujeto pasivo a quien sea de aplicación este régimen especial realizase otras actividades empresariales o profesionales sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, la de comercio minorista sometida a dicho régimen especial tendrá, en todo caso, la consideración de sector diferenciado de la actividad económica.

7 de octubre de 2013

Nuevo paradigma económico: Inteligencia Colectiva en la Empresa

Nuevo paradigma económico: Inteligencia Colectiva en la Empresa



La inteligencia colectiva y los débiles antecedentes


Internet ha hecho posible que se hable de un nuevo concepto que está llamado a ser importante para su empresa: inteligencia colectiva. En wikipedia se define como "una forma de inteligencia que surge de la colaboración y concurso de muchos individuos".


Nueva Ley de Emprendedores V-Internacionalización economía española

Hace unos días publicamos el esquema resumen de la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización (BOE Ley 14/2013, de 27 de septiembre). En este artículo citaremos el articulado referente exclusivamente a las siguientes cuestiones: Fomento de la internacionalización (fomento de la internacionalización, instrumentos y organismos a la internacionalización, apoyo financiero a la internacionalización), movilidad internacional (facilitación entrada y permanencia, inversores internacionales, emprendedores internacionales, profesionales altamente cualificados, traslado intraempresarial y procedimientos de concesión de autorizaciones). 
Todos estos aspectos están englobados dentro del "Título V. Internacionalización de la economía española" de la nueva Ley.   

Nueva Ley de Emprendedores IV-Financiación Crecimiento y Desarrollo de proyectos empresariales

Hace unos días publicamos el esquema resumen de la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización (BOE Ley 14/2013, de 27 de septiembre). En este artículo citaremos el articulado referente exclusivamente a las siguientes cuestiones: Apoyo a la financiación (acuerdos de refinanciación, Mercado de Valores, Reformas Sistema Financiero, cédulas y bonos, Sociedades Garantía Recíproca...), simplificación de cargas administrativas, apoyo a la contratación pública y por último, Simplificación de los requisitos de información económico financiera. 
Todos estos aspectos están englobados dentro del "Título III. Apoyo a la financiación de los emprendedores" y el "Título IV Apoyo al crecimiento y desarrollo de proyectos empresariales" de la nueva Ley.   

3 de octubre de 2013

Nueva Ley de Emprendedores III-Fiscalidad y Seguridad Social

Hace unos días publicamos el esquema resumen de la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización (BOE Ley 14/2013, de 27 de septiembre). En este artículo citaremos el articulado referente exclusivamente a las siguientes cuestiones: Apoyos e incentivos fiscales (régimen del criterio de caja, el IGIC, por inversión de beneficios, por investigación e innovación, por discapacidad, otros incentivos fiscales) y apoyos en materia de Seguridad Social (Cotización de trabajadores por cuenta propia en pluriactividad, reducciones en seguridad social a trabajadores por cuenta propia, reducciones y bonificaciones para personas con discapacidad). Todos estos aspectos están englobados dentro del "Título II: Apoyos fiscales y en materia de la Seguridad Social a los emprendedores" de la nueva Ley.   

Nueva Ley de Emprendedores II-Iniciativa emprendedora

Hace unos días publicamos el esquema resumen de la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización (BOE Ley 14/2013, de 27 de septiembre). En este artículo citaremos el articulado referente exclusivamente a las siguientes cuestiones: educación en emprendimiento, Emprendedor de Responsabilidad Limitada, Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, inicio de la Actividad Emprendedora y por último, el Acuerdo Extrajudicial. Todos estos aspectos están englobados dentro del "Título I: Apoyo a la iniciativa emprendedora" de la nueva Ley.   

29 de septiembre de 2013

La nueva Ley de Emprendedores I

La nueva Ley de Emprendedores, Ley 14/2013 de 27 de septiembre

El 28 de septiembre ha sido publicada en el BOE la nueva Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. 
La ley trata de respaldar al emprendedor desde diferentes angulos: Apoyando la iniciativa emprendedora, en materia fiscal y de Seguridad Social, en el ámbito de la financiación, crecimiento y desarrollo de proyectos empresariales y por último, fomentando y respaldando las labores de internacionalización.

16 de septiembre de 2013

Principales características de la cooperativa

Principales características de la cooperativa

Orígenes de la Cooperativa

A lo largo de la historia y en diferentes regiones del mundo, se han dado casos de agrupación de personas que colaboraban siguiendo los principios cooperativos. Un ejemplo serían muchas de las tribus indígenas en
las que todos se ayudan y se preocupan del resto de miembros, buscando siempre el bien común de la tribu por encima del bien individual.

CooperativasLas cooperativas se basan en los valores de autoayuda, autoresponsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. En la tradición de sus fundadores, los miembros de las cooperativas creen en los valores éticos de honestidad, transparencia, responsabilidad social y preocupación por los demás.


Introducción a la contabilidad II (PGC 2007 - Marco legal)

Introducción a la contabilidad II - El Plan General Contable

En este artículo detallaremos el marco legal del PGC Español (Plan General Contable) como pilar fundamental de la contabilidad. El objetivo no es profundizar al detalle en las normas contables sino tratar de explicar y hacer entendible la contabilidad a cualquier persona interesada en ésta, aunque sea a un nivel básico pero suficiente para un primer conocimiento de la materia. Por ello, minimizaremos los términos y las explicaciones más técnicas en favor de una mayor comprensión del lector neófito.


Es conveniente recordar nuestro anterior artículo Introducción a la contabilidad. Activo, pasivo y balance en el que describimos muy brevemente los términos: Contabilidad, Patrimonio, Activo, Pasivo, Balance de situación, Activo Fijo, Activo Circulante, Fondos propios, Pasivo exigible y cuenta de Pérdidas y Ganancias.

21 de abril de 2013

¿Qué son los Bancos de tiempo?


BANCOS DE TIEMPO - Definición: ¿Qué son los Bancos de tiempo? 
Banco de tiempo
La crisis agudiza el ingenio y ya son muchos quienes, al no disponer de recursos monetarios suficientes para hacer frente a la adquisición de bienes o servicios, recurren a otras fuentes alternativas de intercambio como monedas alternativas y los conocidos como bancos de tiempo. Hoy hablaremos de éstos últimos, los bancos de tiempo, y para ello, vamos a ver que dice la wikipedia al respecto:




26 de enero de 2013

EL PLAN DE ACOGIDA DE LA EMPRESA


En estos días, se ha creado una Comunidad en Google Plus con el fin de recoger información de actualidad y debatir sobre aspectos relacionados con los Recursos Humanos de las empresa. Este es su enlace: Comunidad  Recursos Humanos e invitamos a visitarla y participar si fuera de interés, en cuyo caso lo celebraríamos.

Este es el primer contenido añadido, el cual trata sobre los planes de acogida que se siguen al incorporar a sus nuevos empleados y sobre lo que deben de contener:

¿Cómo ha de ser un Manual de Acogida completo?


Cada día se conoce mejor la empresa a la que nos incorporamos y cada día más, cuando se produce la incorporación, se facilita mayor información de ésta tanto interna como externa.



Hasta el momento, parece lógico y necesario que la persona que se incorpora tenga la siguiente información:


15 de octubre de 2012

¿Qué es el Networking?

En sentido estricto, podríamos definir el Networking como el ejercicio destinado a mantener actualizada una red de contactos sociales y/o profesionales, ya sea a través de internet, por teléfono o con el imprescindible "cara a cara" de toda la vida.
 
Debemos eliminar la idea de que el Networking es sinónimo de "enchufismo" ya que el verdadero Networker comparte su afecto y sus conocimientos con todos sus contactos familiares, amistades y/o profesionales de tal manera que su red social es consciente de la persona y de sus conocimientos.
 
Obviamente, esto supone que si alguien de tu círculo social, familiar o profesional en algún momento, necesita consejo, ayuda, opinión o simplemente está buscando un profesional cualificado para un puesto de trabajo o la realización de un servicio, se pondrá en contacto contigo dado que conoce de antemano tus cualidades y conocimientos.
 
¿De que sirve ser el mejor o ser muy bueno en una materia o puesto de trabajo
determinado si solo lo sabe tu jefe?
¿De que sirve ser el mejor empresario o tener el mejor producto de un sector concreto si nadie de tu círculo de amistades más próximo es consciente de ello?
 
La respuesta a estas preguntas, es que cuanta más gente conozca tus intereses y conocimientos más gente te respetará como gran profesional en una determinada materia o sector específico. Por ello, practicar el Networking es cómo realizar un plan de Marketing de uno mismo donde el producto eres sólamente tú.
 
Lógicamente, no se trata de decir simplemente "soy el mejor en esto", ya que las cosas hay que demostrarlas repetidamente ( o diariamente) y por ello, la mejor manera de venderse uno mismo es ayudando y compartiendo tus conocimientos y cualidades con los demás. Sólo ayudando y colaborando con otros regularmente, éstos te apreciarán, respetarán y acudirán a tí cuando necesiten un experto en aquellas materias que tú dominas.
 
Dice un dicho popular que "quien siembra, recoge" y el Networking es algo similar. Para sembrar sólo debes compartir sinceramente tus intereses, conocimientos y una parte de tu tiempo sin esperar nada a cambio pero la vida nos enseña que todo el mundo necesitamos, tarde o temprano, la colaboración o ayuda de alguien, por este motivo si tu has ayudado a 100 personas y jamás has pedido ayuda, el día que necesites un golpe de mano habrán 100 personas que intentarán colaborar contigo. 
 
Los objetivos más comunes de las personas que deciden activar su Networking son:

  • Búsqueda de nuevas oportunidades de negocio o empleo.
  • Ampliar conocimientos en determinadas materias.
  • Búsqueda de relaciones de amistad con intereses comunes.

Por otro lado, la práctica del Networking debe estar implantada en la propia personalidad para ser altamente efectiva. Se puede aprender y mejorar mediante cursos, seminarios, conferencias o libros pero hay que pensar que las relaciones sociales se presentan a cualquier hora y en cualquier lugar.  

9 de octubre de 2012

¿Qué es la Propiedad Industrial y qué se puede proteger?

Gracias a la Propiedad Industrial se obtienen unos derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales que se protegen como verdaderos derechos de propiedad.
En España hay varios tipos de derechos de Propiedad Industrial y cada uno de estos derechos posee una legislación aplicable :
  • Diseños industriales: protegen la apariencia externa de los productos. Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial.
  • Marcas y Nombres Comerciales (Signos Distintivos): protegen combinaciones gráficas y/o denominativas que ayudan a distinguir en el mercado unos productos o servicios de otros similares ofertados por otros agentes económicos. Ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas.
  • Patentes y modelos de utilidad: protegen invenciones consistentes en productos y procedimientos susceptibles de reproducción y reiteración con fines industriales. Ley 11/86 de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad.
  • Topografías de semiconductores: protegen el (esquema de) trazado de las distintas capas y elementos que componen un circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones, es decir, lo que en definitiva constituye su "topografía". Ley 11/1988, de 3 de mayo de protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores.
 
Los derechos de Propiedad Industrial permiten a quien los ostenta decidir quién puede usarlos, cómo puede usarlos y durante cuanto tiempo.
Dichos derechos se otorgan mediante un procedimiento por el organismo competente (en España la Oficina Española de Patentes y Marcas) y la protección que dispensan se extiende a todo el territorio nacional.
 
Fuente: Oficina Española de Patentes y Marcas

29 de agosto de 2012

Introducción a la contabilidad. Activo, pasivo y balance.

La Contabilidad es la ciencia que estudia, mide, analiza y registra en unidades monetarias, las variaciones en el patrimonio (conjunto de bienes, derechos y obligaciones) de cualquier tipo de organización, empresa o individuo mediante la aplicación de unas normas contables establecidas que aseguran la calidad, cuantificación y sistemática de los datos, facilitando así la correcta interpretación, control y toma de decisiones.
El patrimonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones, susceptibles de valoración económica, que posee una persona física o jurídica.
Los bienes y derechos forman parte del Activo.
Las obligaciones (deudas) forman parte del Pasivo.
Ejemplo: compra de una furgoneta por 15.000 euros mediante un préstamo del mismo importe con el 'banco X'.
En el activo tendremos una furgoneta valorada en 15.000 euros y en el pasivo aparecerá una deuda con el acreedor 'Banco X' por valor de otros 15.000 euros.
El balance de situación o representación gráfica que reflejaría este hecho real sería:




 Aunque nuestro Patrimonio sea el conjunto de la furgoneta (bienes y/o derechos) y el préstamo (obligaciones), lo cierto es que en este caso el Patrimonio Neto sería cero ya que poseemos un bien (activo) valorado en 15.000 euros pero tenemos unas obligaciones (pasivo) con el banco del mismo importe de 15.000 euros.  
Bueno, hasta aquí ya tenemos unas rápidas pinceladas de lo que son la contabilidad, el patrimonio, el activo, el pasivo y el patrimonio neto. Continuemos.
Dentro del Activo existen muchos tipos de bienes y derechos, clasificados en numerosas cuentas, que se pueden agrupar en dos grandes bloques: Activo Fijo (o activo no corriente) y Activo Circulante (o activo corriente).
El Activo Fijo es el conjunto de activos destinados a permanecer en la empresa de forma indefinida y que la empresa no espera vender, consumir o realizar en el transcurso del ciclo normal de explotación. Ejemplo: edificio, oficinas, vehículos (siempre que la actividad principal de la empresa no sea la comercialización de éstos)
El Activo Circulante es el conjunto de activos que son líquidos o pueden convertirse fácilmente en liquidez. Ejemplo: efectivo, depósitos a la vista y las mercancías.
En el lado del Pasivo encontramos también numerosas cuentas que se agrupan en dos bloques: Fondos Propios y Pasivo Exigible.
Los Fondos Propios son las obligaciones para con los socios o dueños de la empresa. Ejemplo: Capital Social y reservas no distribuidas. 
El Pasivo Exigible son las obligaciones para con terceros. Ejemplo: proveedores y acreedores.
Veamos un ejemplo a modo de resumen:
Supongamos que unos socios deciden fundar una empresa llamada X RELOJES cuya actividad es la venta de relojes y para ello, los socios aportan en total 5.000 euros. Posteriormente, solicitan un préstamo por 10.000. Con el dinero aportado más el préstamo disponen de 15.000 euros que utilizan para comprar una furgoneta de segunda mano por 9.000 euros y unas mercancías de relojes por 4.000 euros dejando en el banco el resto del dinero unos 2.000 euros para imprevistos.  
 ¿Qué es la cuenta de Pérdidas y Ganancias?
 
Es el documento contable que nos muestra el resultado económico de una empresa aportando información de los ingresos y los gastos producidos en la empresa durante un período de tiempo. Si los ingresos son superiores a los gastos, hablaremos de Beneficios o Ganancias pero en caso contrario, si los gastos son superiores a los ingresos, el resultado económico será negativo y hablaremos de Pérdidas.
 
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